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4 de abril de 2015

Fue aprobada la ampliación del Parque Industrial

Se autorizó al Municipio suscribir el convenio de avenimiento con la firma Rincon Rosario SRL quien es la propietaria de la fracción expropiada

El Departamento Ejecutivo envió el Proyecto de Ordenanza Nº 4804 mediante el cual se autoriza al Municipio a suscribir convenio con la firma expropiada;  se aprobó el plano provisorio de loteo; se aprobó la adjudicación de lotes y el precio de venta; y la solicitud de presentar cada empresa adquirente de su declaración jurada.

Los términos de la Ordenanza se transcriben a continuación:

Art.1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir un Convenio de Avenimiento con la expropiada RINCON ROSARIO SRL, conforme el modelo de convenio que como ANEXO  I forma parte de presente.

Art.2º.- Aprobar el plano provisorio de loteo y subdivisión del Parque Industrial, que se adjunta como ANEXO II formando parte de la presente.

Art.3º.- Aprobar la adjudicación de lotes del Parque Industrial, a los industriales detallados en la Planilla ANEXA III. Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a vender los lotes del Parque Industrial, al precio de $ 33,50.- el metro cuadrado, debiendo abonar los adquirentes, el proporcional de superficie destinado a espacios comunes, que quedarán en titularidad del Municipio. Para las futuras adjudicaciones y posteriores ventas, la fijación del precio se realizará conforme lo establece el artículo 9° de la Ordenanza 5417.

Art.4°.- Previo a la firma del instrumento de venta referido, el cual se adjunta como Anexo  IV,  cada empresa adquirente deberá formular declaración jurada de que conoce y acata todos y cada uno de los preceptos de la ordenanza 5417 y concordantes, y se compromete al pago de las mejoras que se ejecuten, no incluidas en el precio base, por el sistema de contribución por mejoras en proporción al total de la superficie adquirida en relación con el total del área de uso industrial exclusivo.

Art.5º.- Autorizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente norma.

           Art.6º.- La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.-

           Art.7º.-  De Forma.-

 

Fuente: www.enelrecinto.com.ar

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